Vamos a conocer en esta entrada del blog lo que se entiende por limites de un seguro de comerio. Estos limites podemos comprenderlos mejor separando 2 distintos: Limite asegurado y Limite de sumas aseguradas.
Límite asegurado
Importe máximo que el Asegurador abonará en concepto de indemnización en caso de siniestro.
Límites de sumas aseguradas
– Límite por siniestro: La cantidad que para cada riesgo el Asegurador se compromete a pagar, como
máximo, por la suma de todas las indemnizaciones, intereses y gastos correspondientes a un siniestro, con
independencia del número de víctimas o perjudicados.
– Límite por víctima o lesionado: La cantidad, que, en su caso y para cada riesgo, el Asegurador se
compromete a pagar, como máximo, por la suma de todas las indemnizaciones, intereses y gastos correspondientes a la víctima, lesionado o dañado, junto con las que, en su caso, pudieran corresponderles a
sus causahabientes o perjudicados.
En tal sentido se entenderá que el límite por siniestro consignado en las Condiciones Particulares operará
en el caso de un mismo accidente en el que se registren varias víctimas o lesionados, observándose en
todo el límite individualmente estipulado para cada víctima.
– Límite por año de seguro: La cantidad que, en su caso y para cada riesgo, el Asegurador se compromete
a pagar, como máximo por la suma de todas las indemnizaciones, intereses y gastos procedentes de
daños ocurridos en el curso del mismo año de seguro, con independencia de que dichos daños sean imputables a uno o varios siniestros. La suma se verá reducida en su cuantía a medida que se consuma por
uno o varios siniestros a lo largo de una anualidad. A estos efectos se entiende por anualidad el periodo
que media entre la fecha de efecto y la del primer vencimiento, o bien entre dos vencimientos anuales sucesivos o entre el último vencimiento anual y la extinción o cancelación del seguro.
– Límite para gastos de defensa: La cantidad que el Asegurador se compromete a pagar, como máximo,
por los costes y gastos que se ocasionen con motivo de la dirección jurídica y defensa frente al conjunto
de reclamaciones de un siniestro.
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